Este es un blog del Órgano de Representación Estatal de Trabajadores (ORET)

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Se muestran los artículos pertenecientes al tema Convenio Colectivo.

Si has causado baja en la empresa en el 2009, solicita tus atrasos.

Actualizamos la información para tramitar los PAGOS DE ATRASOS, gracias a la información recogida por la sección sindical de UGT. Si has causado baja en la empresa durante el año 2009, o conoces a alguien, tienes derecho a la parte proporcional de los días trabajados durante este año de la subida salarial 2009 del “XV Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos” (Resolución de 11 de marzo de 2009 publicada en el BOE nº 75 de fecha 28 de marzo de 2009). Debes tramitarlo personalmente solicitando los atrasos con este formato y envíalo a RRHH lo antes posible a nombre de Rafael Toledo Romero (rtoledo@tragsa.es).

Pásalo a los compañeros que conozcáis y no olvidéis que es nuestro derecho:

SOLICITUD DE PAGO DE ATRASOS

 

 

 

D./Dª.              con D.N.I. nº         

que ha trabajado en la empresa      

desde                    hasta       

con la categoría laboral de          solicita el abono en la cuenta bancaria que se indica más abajo de los atrasos devengados por la actualización de las tablas salariales 2009 del “XV Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos”, desde el día 1 de enero de 2009 hasta la fecha en la que causó baja. (Resolución de 11 de marzo de 2009 publicada en el BOE nº 75 de fecha 28 de marzo de 2009)

 

 

Nº de cuenta*:        

 

 

 

      a       de        2009

 

 

 

 

 

 

                                                                Fdo.:       

 

 

 

 

Recibí por la Empresa:

 

 

 

 

 

* Poner el número de cuenta solo cuando sea distinta a la que figuraba en la empresa para abonarte la nómina.

 

 

 

11/05/2009 08:46 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

¿Qué hacer ante un despido?

En una época de crisis económica en la que en España ya hay 3,6 millones de personas desempleadas, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha elaborado un informe para explicar “cómo actuar ante un despido”.

Las previsiones dadas a conocer estos días por el Banco de España indican que 2009 ni 2010 serán los años de la recuperación económica, anuncian que este 2009 el país sufrirá una caída del PIB del 3% y que el paro subirá hasta el 17,1% de la población activa. Asimismo, el Banco de España prevé que en 2010 el paro se sitúe en el 19,4% y alcance los 4,5 millones de parados.

Ante este panorama desolador, la OCU prefiere informar a los trabajadores de cómo actuar ante esta complicada situación y sepan a qué tienen derecho, con la ley en la mano, en el hipotético caso de que sean despedidos o su empresa presente un procedimiento concursal, antigua suspensión de pagos.

Despido

El documento de la OCU detalla que el despido “por causas objetivas” es el más común en los tiempos de crisis y responde a la necesidad de la empresa de adaptar la plantilla por causes económicas, técnicas, organizativas o de producción.

En este tipo de despido, la empresa debe cumplir varios requisitos entre los que se encuentra notificar por escrito al trabajador la carta de despido acreditando del modo más detallado posible la causa que ha determinado la decisión; también debe poner a disposición del trabajador simultáneamente a la entrega de la carta de despido una indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.

Asimismo, la empresa tiene que conceder al trabajador un plazo de preaviso de 30 días y durante este tiempo el trabajador tiene derecho a una licencia de 6 horas semanales (retribuidas) con el fin de buscar nuevo empleo. Si el empresario no cumple con este preaviso, deberá abonar los días de salario correspondientes a los días de preaviso incumplido. La OCU aclara que si el trabajador no está de acuerdo con el documento, siempre puede firmar añadiendo la mención “Recibido. No conforme”.

Improcedente

Otra de las preguntas que responde el informe de la OCU es la de cómo actuar en el caso de que el empresario haya entregado una carta de despido reconociendo que es improcedente. En este caso explica que si la empresa reconoce la improcedencia del despido, lo que muchas veces hace para evitar el pago de salarios de tramitación, preavisos, etcétera, “bien pagará o bien depositará en el juzgado en 48 horas la indemnización correspondiente a 45 días de salario por año trabajado, con el límite de 42 mensualidades”.

Si una persona acude a trabajar y la empresa ha cerrado
–algo que suele ocurrir en periodos de crisis como el actual- la OCU recomienda que se reclame “cuanto antes”y que se vaya al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) a presentar una papeleta de conciliación, ya que se trata de un despido que pretende privar al trabajador de los derechos que le corresponden, al no comunicársele nada sobre esta decisión.

La Organización de Consumidores y Usuarios indica que el empresario es el que deberá dar explicaciones de su actuación en los tribunales, y será la jurisdicción laboral la que dictamine sobre las consecuencias de esta declaración.

Además, añade quesi se tiene derecho a la prestación por desempleo, se deberá acudir a la oficina del INEM o a la de empleo de su comunidad autónoma para tramitarla dentro de los 15 días siguientes a la fecha del cierre, en este caso. Allí en la oficina, la persona deberá cumplimentar los papeles necesarios para su solicitud de desempleo, explicando los motivos por los que no tiene ni carta de despido ni certificado de empresa.

Estos documentos –explica la OCU- son necesarios para tramitar la prestación, y será la Oficina del INEM quien los solicitará del empresario dando cuenta si es necesario a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. “Si dispone del acta de conciliación del SMAC, adjúntelos, para de demostrar el despido y la reclamación efectuada”, explica la Organizaciñon de Consumidores.

Fogasa

Si el trabajador no recibe cantidades que le correspondenpuede acudir al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), un organismo de carácter estatal que abarca tanto salarios impagados como indemnizaciones. En el caso de los salarios, la OCU señala que se requiere que el impago sea debido a insolvencia empresarial o concurso, y que dicho salario haya sido reconocido en acto de conciliación o sentencia judicial.

El salario reconocido que abonará el Fogasa no puede ser superior al triple del Salario Mínimo Interprofesional incluyendo la parte proporcional de pagas extras, y el número máximo de días computados es de 150 días. En 2009 la cantidad máxima que abonará el Fogasa en concepto de salario es de 72,66 euros diarios. Por tanto, el máximo que se abonará por los 150 días es 10.899 euros.

Respecto a las indemnizaciones, el Fogasa responde en supuestos de insolvencia empresarial. Si son acciones derivadas de despido o extinciones como consecuencia de sentencia o resolución administrativa, la cuantía máxima que abonará el Fogasa es de una anualidad y el salario diario de cálculo no exceder del triple del salario mínimo interprofesional incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En 2009, la cuantía máxima que el Fogasa pagará en concepto de indemnización es de 72,66 euros diarios, con un tope de 26.520,90 euros (una anualidad). En el caso de ERE el límite es de 20 días por año de servicio.

El Fogasa también responderá sin necesidad de insolvencia empresarial si la empresa cuenta con menos de 25 trabajadores y procede a extinguir contratos del trabajo por causas técnicas, económicas, organizativas o de producción; en ese caso abona el 40% de la indemnización que legalmente corresponda.

LOS MÁS TEMIDOS

 

 

La sombra del ERE

 

 

Otra de las situaciones que por desgracia han sufrido y sufrirán en los próximos meses muchos trabajadores son los temidos Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), pero… ¿En qué consiste un ERE?

 

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) tiene como objetivo resolver los contratos de trabajo de forma masiva como consecuencia de una serie de causas, fundamentalmente de carácter económico, en un período de 90 días. Un ERE para considerarse como tal tiene que afectar al menos a 10 trabajadores en empresas de menos de 100 trabajadores.Al menos el 10% de trabajadores en empresas que ocupen entre 100 y 300; al menos a 30 trabajadores en empresas que ocupen a 300 o más trabajadores; y si implica el cierre de la empresa, a más de 5 trabajadores.

 

Para justificar el ERE es preciso que esta medida tenga como objetivo superar una situación negativa o garantizar la viabilidad futura de la empresa. El Expediente de Regulación de Empleo se inicia con una solicitud que el empresario debe hacer ante la autoridad laboral competente, al mismo tiempo que se abre un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores, ante los que la empresa debe acreditar las causas del ERE.

 

Acto seguido, la autoridad laboral debe comprobar que se reúnen los requisitosestablecidos en la legislación, entre los que se encuentran el informe que realiza la Inspección de Trabajo y Seguridad Social analizando las causas.

 

Después la resolución de la autoridad laboral puede estimar o desestimar el Expediente. La OCU informa de que suelen rechazarse los que no estén bien fundados, pero es habitual que se dicte una resolución favorable al ERE si la empresa y los representantes de los trabajadores han llegado a un acuerdo. Aclara que los trabajadores incluidos en el ERE recibirán como indemnización, como mínimo, 20 días por año de servicio (máximo de 12 mensualidades), aunque si se ha acordado con la empresa, la cantidad puede ser mayor e incluso a veces se pacta un calendario de pagos.

 

Finalmente, la ejecución del Expediente se realiza comunicando el despido al trabajador mediante la correspondiente carta, entregando las cantidades de saldo y liquidación (el finiquito), notificando los despidos al servicio público de empleo (INEM),y entregando al trabajador el certificado de empresa para que, como en cualquier otro despido, pueda gestionar su prestación por desempleo en el plazo de los 15 días hábiles siguientes. Además, el empresario debe entregar las indemnizaciones pactadas que se hayan pactado.

 

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La suspensión de pagos

 

También en el hipotético caso de que una empresa presente un procedimiento concursal –antiguamente denominada suspensión de pagos- la OCU señala que deberá realizar unos trámites similares al Expediente de Regulación de Empleo, pero en vez de la autoridad laboral, es el juez de lo mercantil quien tiene competencia para decidir en estos casos.

 

La Organización de Consumidores y Usuarios explica que cuando una empresa entra en fase de concurso suelen nombrarse lo que se denominan administradores concursales y es a ellos a quienes compete la negociación del ERE: un ERE concursal puede iniciarse a instancias de la administración concursal, el deudor (la empresa) o los representantes legales de los trabajadores.

 

Mientras no se tramite el ERE, los trabajadores formalmente no están despedidos y por tanto no cobran prestación por desempleo, así que tendrán que seguir en su puesto, pero las dificultades de la empresa pueden traducirse en que no lleguen a cobrar sus salarios puntualmente y queden a expensas de lo que negocien los administradores concursales con los representantes de los trabajadores. La cobertura de la Seguridad Social sí se mantiene, por ejemplo en caso de baja por enfermedad, añade.

 

 

16/04/2009 17:15 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

El incremento salarial medio inicialmente pactado para 2009 ha sido el 2,70%

Según informa la secretaría de Acción Sindical de CCOO, las cláusulas de garantía salarial están contempladas en el 54,96% de los convenios registrados y las de inaplicación del régimen salarial en el 52,52% de los convenios sectoriales registrados.

La secretaría de Acción Sindical de CCOO informa también que la práctica totalidad de los 2.811 convenios registrados en el mes de marzo corresponden a revisiones de convenios plurianuales, sólo se han renovado 48.

Los tres tramos de incremento que afectan a más del 20% de trabajadores cada uno de ellos, suman en conjunto el 68,38% y son los que comprenden los aumentos salariales que superan el 2% y van hasta el 3,50%.

Con respecto al Incremento salarial pactado, 14 Comunidades Autónomas recogen en sus convenios incrementos superiores a la media nacional, situada en el 2,70%, mientras que 4 se sitúan por debajo de esta cifra, al igual que los convenios interautonómicos. Asturias, Galicia y Rioja superan el 3,5%

Por número de trabajadores incluidos en convenios ya registrados, destaca de manera muy significativa Catalunya, con 1.032.949 personas, seguida a distancia por Andalucía con 587.703 y la Comunidad Valenciana, con 505.563. Las que menos trabajadores tienen en los convenios registrados son La Rioja, con 27.127 y Ceuta y Melilla, con 4.908.

CCOO

13/04/2009 14:21 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Ya se ha publicado las tablas salariales de 2009

El sábado 28 de marzo de 2009, por fin han salido publicadas en el B.O.E. las tablas salariales de 2009. Como ya sabéis, este año la renovación se ha realizado de manera automática, pues la subida ya estaba pactada con la firma del XV Convenio Nacional de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos del año pasado. A partir de la fecha de hoy la empresa tiene un plazo de 30 días en aplicar la actualización, con lo que preveemos que en la próxima nómina de Abril ya aparecerá reflejada la nueva tabla, además de recibir la paga de atrasos corrrespondiente a Enero, Febrebro y Marzo:

Tablas salariales correspondientes al año 2009 del Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos

 

Mes * 14                    Anual

Nivel

1.638,40

22.937,51

 1.

1.217,04

17.038,62

 2.

1.173,58

16.430,09

 3.

1.075,95

15.063,34

 4.

940,33

13.164,70

 5.

810,13

11.341,82

 6.

782,97

10.961,53

 7.

728,75

10.202,54

 8.

678,12

9.493,72

 9.

477,65

6.687,10

 10.

 

   

Respecto al plus  convenio del artículo 38, para el año 2009, queda como sigue:
Plus de convenio: 2048,90 (2009).

Información fuente: BOE

30/03/2009 12:11 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

SUBIDA SALARIAL 2009

A través de un comunicado que ha publicado la sección sindical de Tragsatec de CC.OO. os podemos facilitar la subida salarial - 2,8 % - que se aplicará en la próxima nómina de Febrero y su correspondiente nomina de ATRASOS de este mes de enero, se trata de una actualización automática pues ya está aprobada por el XV Convenio de Ingenierías.

Tablas Salariales Ingenierías y Estudios Técnicos año 2009

 

 

 

 

 

 

 

 

Niveles

Categorías

Mes x 14

Anual

 

Nivel 1.

Licenciados y titulados 2º y 3er ciclo universitario, y Analista.

1.638,39

22.937,51

 

Nivel 2.

Diplomados y titulados 1er ciclo universitario. Jefe Superior

1.217,04

17.038,62

 

Nivel 3.

Técnico de cálculo o diseño, Jefe de 1ª y Programador de ordenador

1.173,58

16.430,09

 

Nivel 4.

Delineante-Proyectista, Jefe de 2ª y Programador de maq. auxiliares

1.075,95

15.063,34

 

Nivel 5.

Delineante, Técnico de 1ª, Oficial 1ª Admvo. y Operador de ordenador

940,33

13.164,70

 

Nivel 6.

Dibujante, Técnico de 2ª, Oficial 2º Advo., Perforista, Grabador y Conserje

810,13

11.341,82

 

Nivel 7.

Telefonista-recepcionista, Oficial 1ª oficios varios, y Vigilante

782,97

10.961,53

 

Nivel 8.

Calcador, Auxiliar Técnico, Auxiliar Advo., Telefonista, Ordenanza, Personal de limpieza y Oficial 2ª oficios varios

728,75

10.202,54

 

Nivel 9.

Ayudante oficios varios

678,12

9.493,72

 

Nivel 10.

Aspirante y Botones

477,65

6.687,10

          

 

 

Plus de Convenio: 2.048, 90 € anuales.

 

29/01/2009 10:33 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Comunicado del 23 de Octubre de nuestros compañeros de TRAGSA

Os ofrecemos el comunicado que nuestros compañeros de TRAGSA han repartido hoy, dónde informan de la situación en que se encuentra la empresa, después del éxito de las movilizaciones para llegar a un acuerdo de su convenio. Una petición que apoyamos:

MCA-UGT y Fecoma-CCOO reforzaránlas movilizaciones en TRAGSA

Hace dos semanas, con la huelga realizada los días 7 y 8 de octubre en todos sus centros, los trabajadores de TRAGSA enviaron un mensaje claro y contundente a la Dirección de la empresa pública y a su accionista mayoritario (SEPI). Sin embargo, la dirección de la empresa pública ha sido incapaz de entender nada. El innegable exito de las movilizaciones debería haber conducido a un replanteamiento de las negociaciones por parte de la dirección de la empresa, pero lejos de ello, ha proseguido en su actitud cerrada.

MCA-UGT y FECOMA-CCOO consideran inadmisible la incapacidad demostrada por la dirección de la empresa, que tras veintiún meses negociando, sigue negando la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras de TRAGSA puedan mantener el poder adquisitivo de sus salarios.

Es posible que, después de que el Presidente de Tragsa inhabilitara para la negociación a los representantes de la Dirección en la Comisión Negociadora, estén esperando que otros más cualificados sean capaces de aplicar el esfuerzo y los conocimientos necesarios para la resolución del conflicto.

En nuestra opinión, en vez de empeñarse en diluir las responsabilidades que a cada cual le tocan en este fracaso y empecinarse en culpabilizar a los trabajadores de la situación, los responsables de la empresa pública deberían dedicar sus esfuerzoa a intentar retomar la senda del dialogo. En nuestra opinión, deberían comenzar por abandonar de una vez las actitudes dictatoriales y por no olvidar que todos forma­mos parte de una Empresa Pública.

Las Secciones Sindicales MCA-UGT y FECOMA-CCOO en Tragsa, siempre hemos apostado por soluciones dialogadas. A lo largo de muchos meses hemos chocado con el muro de la negativa constante como respuesta empresarial y no vamos a permitir que nuestro esfuerzo en el desarrollo y expansión de la Empresa, se tra­duzca en un empobrecimiento de los trabajadores.

El tiempo de reflexión y digestión de los acontecimientos, se agota a la misma velocidad que la paciencia de los trabajadores, si no se dan los pasos adecuados en breve, las movilizaciones y acciones de presión se intensificaran para hacer mas patente aún nuestro descontento por esta “parálisis funcional” de SEPI y la Dirección de Tragsa.

Por eso, MCA-UGT y FECOMA-CCOO reiteramos que no es posible aceptar que una empresa pública con beneficios y que presta un importante servicio a la sociedad pretenda mantener condiciones laborales innecesariamente injustas para sus propios trabajadores y anunciamos a la empresa que los sindicatos vamos a incrementar las movilizaciones y que éstas no cesarán hasta conseguir los objetivos sindicales marcados.

Para más información contactar con las secciones sindicales de FECOMA-CCOO, Javier Canales (600912794); y MCA-UGT, Ángel Hernández (610591553)

29/10/2008 14:35 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

ATRASOS 2007-2008

Como afortunadamente os habéis dado cuenta, ayer muchos compañeros recibieron los ATRASOS en las cuentas corrientes, y hoy lo recibiremos el resto (os recuerdo que quieres tienen la nómina en una cuenta de un banco lo reciben un día antes que quienes la tienen en una caja), y nos tendrán que dar la nómina de este salario (fijaros que el PERIODO DE LIQUIDACIÓN será: 01-07 a 05-08. Como muchos sospechamos la orden de pago se debió comunicar el mismo lunes 30 de Junio, justo el día que se lo advertivos en la reunión de presentación del comité, pues se trataba del límite que establecía el Convenio Colectivo.

Con respecto al incentivo económico del rebaje del I.R.P.F.  (Real Decrero 861/08) que el gobierno anunció para este año, en la nómina aparece reflejado en el CONCEPTO ’MINOR.ORD.861/08 (HASTA 200E), que apararece en la columna de descuentos la cantidad que se RESTA (echamos de menos un signo negativo para que fuera más claro) al DESCUENTO IRPF  (recordad que como máximo será de 200 euros ahora en junio, si en este último concepto ’DESCUENTO IRPF’ se ha llegado a esa cifra). Recordad que apartir de ahora este concepto siempre aparecerá hasta finales de año, pues aún quedan otros 200 euros prorrogateados durante estos meses.

02/07/2008 08:46 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Presentación del Nuevo Comité de Madrid con la Dirección.

Hoy se ha celebrado la reunión de presentación del Comité de Empresa de Madrid con la dirección, con el único punto del día de presentación. El Comité se constituyó el pasado día 27 de mayo de 2008, donde se produjo la elección del Presidente (Ángel Cocero Alonso), Vicepresidente (Manuel Ángel Espinosa Sánchez) y Secretario (Javier Chamorro Benito). El Comité lo constituímos 24 compañeros de tres representaciones sindicales distintas: CC.OO. -15 delegados-, U.G.T. -5 delegados- y CSIF-CSI -4 delegados-.

Además de las presentaciones y buenas intenciones de trabajo que todos llevamos, en la reunión queríamos expresar la necesidad que tiene el Comité de Madrid de poseer un interlocutor claro con la Dirección, tanto por parte de Recursos Humanos como con la Dirección Técnica, pues los casos propios de Madrid se intercalaban con los temas generales de la empresa, creando confusión en algunos  momentos. Al incio de Tragsastec la única representación sindical de la empresa era la de Madrid, con la expansión geográfica de la empresa y su crecimiento han ido surgiendo nuevos comités, y desde hace tres años se creó el O.R.E.T. (Órgano de Representación Estatal de Tragsatec) para reunir en un único órgano representativo todos los comités de la Empresa. En Madrid, no se han formado reuniones propios del Comité de Madrid, sino que se exponían los temas aprovechando alguna reunión del O.R.E.T., pero esa anomalía la queremos corregir en esta legislatura y hemos pediod reuniones peiódicas propias.

También hemos preguntado por el PAGO DE LOS ATRASOS, puesto que muchos compañeros nos han dicho que únicamente se ha cobrado la nómina y no los atrasos. Según compromiso de la empresa a finales de junio iban a realizar el nuevo ajuste salarial y el pago de los atrasos (el plazo legal es de 32 días desde que se aprobó, el pasado 29 de mayo, el XV Convenio, que cumple exactamente hoy). Hoy hemos preguntados si así se iba a realizar y  nos han confirmado de palabra que el orden de pago se mandó el pasado viernes, 27 de junio. Los atrasos se reciben en una nómina aparte. Esperamos que tan sólo sea problemas técnicos quienes habéis detectato que únicamente habéis recibido una nómina. Tradicionalmente la gente que tiene su nómina domiciliada en bancos la recibe el mismo día que emite la empresa el orden de pago, y quienes las tenemos en cajas un día más. Si persisten los problemas en estos días comunicádnoslo.

 

30/06/2008 13:59 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Actualización Salarial 2008 y cobros de ATRASOS 2007-08

Como ya sabréis, con la publicación del XV Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos, que estará vigente los próximos tres años (2007, 2008 y 2009), se han aprobado las nuevas tablas salariales con la correción del IPC correspondiente.

Además existe la confirmación que esta subida se aplicará sobre la nómina de Junio y los ATRASOS se recibirán a finales de junio.

Esto supone que:

1) Actualización de las tablas salariales: Respecto a las tablas actuales se apueban las siguientes subidas.

2007

 4,2 %

2008

 3,2 %

2009

 2,8 %

2) A finales de Junio percibiremos una nómina independiente con los atrasos de 2007 y con los meses pendientes de 2008:

Para 2007 los atrasos son:

un 2,2 % teniendo en cuenta que nos subieron el 2% en abril:

IPC 2007

4,2 %

Subida a cuenta

- 2 %

TOTAL

2,2 %

Como en abril nos liquidaron en una pequeña nómina el 2 % correspondiente a los meses de Enero, Febrero y Marzo, nos quedaría por liquidar en la nomina de atrasos de junio de 2008:

2,2 % x salario (2006) x 14 meses

Para 2008 los atrasos son:

IPC 2008 (Previsto)

3,2 %

IPC 2007

2,2 % (con la subida a cuenta de 2007 ya restada)

TOTAL

5,4 % (aproximado, pues primero se calcularía el incremento del 3,2% y sobre él se aplica otro incremento de 2,2%)

Por tanto, nos deben los atrasos de los cinco primeros meses de 2008:

5,4 % x salario (2006) x 5 meses

3) Se establece una claúsula de garantía salarial para 2008 y 2009:

- Si en 2008 se supera el 3,2 % del IPC acumulado (no el interanual) se actualizará la tabla salarial desde el mes en que comience a superarse:

Ejemplo: a mes de abril el IPC acumulado es 1,5 %, si seguimos a este ritmo, en Agosto o Septiembre superaremos el 3,2 %, por tanto el 31 de diciembre nos deberán los atrasos correspondientes a los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre.

- Para 2009 el IPC previsto es del 2,8 % y se aplicará de igual modo que en 2008.

 

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05/06/2008 11:16 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Hoy por fín se ha publicado en el B.O.E. el XV Convenio General de Ingenierías y Oficinas Técnicas.

Hoy, día 28 de abril de 2008, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) la RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XV Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos.

El link para poderlo ver está aquí y descargarlo en ’pdf’ es::

http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2008/09279&txtlen=1392

A partir de hoy la empresa dispone de 1 mes para aplicar las nuevas tablas salariales, con sus respectivos atrasos de 2007 y 2008.

Si tenéis compañeros que ya no trabajan en la empresa comunicádles que pueden solicitar los retrasos haciéndo llegar a la empresa (si es posible llevarlo en mano a Recursos Humanos (RR.HH.) con una copia para que la firme la empresa, también se puede enviar por burofax (a la atención de Recursos Humanos con la dirección: C/ Maldonado, 56, 6ª Planta).
Os dejamos un texto que podeís copiar y llevarlo a una hoja en blanco de cualquier procesador de texto y rellenarlo con los datos del interesado:

 

 

SOLICITUD DE PAGO DE ATRASOS

 

D./Dª.

con el D.N.I. nº                            que ha trabajado en la Empresa

desde                                                                                                 hasta                            

                                                                        respectivamente, con la categoría laboral de,                                                   solicita el abono en la cuenta bancaria que se indica más abajo de los atrasos devengados, por la firma del XV Convenio Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas Técnicas,   desde el día 1 de enero de 2007 hasta la fecha en la que causó baja.

           

Nº de Cuenta

 

                                                                   a               de                                            2007

 

 

 

                                                                                    Fdo.:

Recibí por la Empresa.

 

 

29/05/2008 10:05 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

¡ SE ACERCA LA ACTUALIZACIÓN DEL CONVENIO !

Sois muchos los compañeros que estáis preguntando por la actualización salarial. El proceso detallado está descrito en artículos anteriores de este tema,  ya se aprobó por fín el  XV CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERIA Y OFICINA DE ESTUDIOS TECNICOS el pasado mes de marzo y hoy nos confirman que por fin la DGT ha dictado resolución sobre la publicación en el BOE. Se estima que unos 15 días máximo sea publicado, a finales de este mismo mes.

Después de la publicación den el B.O.E. la empresa tendrá un mes en actualizar las tablas salariales, con su respectiva PAGA DE ATRASOS, que podría casi coincidir, en el mejor de los casos, con la paga de JUNIO, aunque lo más probable es que ya sea en Julio.

Ya falta menos en recuperar algo de poder adquisitivo. Si quereis ver el comunicado pinchar aquí

 

23/05/2008 14:07 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Se reúne la mesa negociadora de Tragsega

El día 22 de abril se reunió la Mesa Negociadora del Acuerdo Marco con el objetivo de acercar posturas en los temas referentes a jornada, vacaciones y permisos y licencias para intentar alcanzar un acuerdo antes del día 15 de mayo.

Jornada:

 

Para el año 2008 la empresa propone una jornada de 1748 horas. Desde CC.OO. hemos propuesto una disminución progresiva hasta unificarnos con el resto de empresas del grupo en el año 2010 (para el próximo año 1740).

La distribución será de lunes a viernes con descanso semanal de dos días consecutivos que coincidirán con el fin de semana, excepto en aquellos proyectos cuya actividad ordinaria se desarrolle todos los días del año. Para estos casos hemos propuesto que haya una compensación cuando se trabaje en sábados, domingos o festivos, sin menoscabo del traslado de la libranza semanal a otros días de la semana.

 

Para el personal que desarrolla su trabajo en el campo, se computará como tiempo efectivo de trabajo el tiempo estimado que el trabajador emplearía en el desplazamiento desde su centro de trabajo hasta el lugar donde desarrolla su actividad y el tiempo dedicado a labores de tipo administrativo.

 

  • Turno de Navidad de 4 días.

  • Días de libre disposición. Nuestra propuesta es de 2 días en 2008 y 3 en 2009, para homologar los que ya se disfrutan en las demás empresas del grupo.

  • 15 de mayo será considerado como festividad de la Empresa.

  • Disfrute de los puentes, considerando estos días recuperables. En CC. OO. creemos que todos los trabajadores del mismo centro de trabajo deben disfrutar de los mismos puentes, para ello es necesario comenzar el año con el calendario laboral aprobado.

 

  1. Vacaciones:

 

22 días laborables por año completo trabajado, que se disfrutarán, como norma general, del 15de junio al 15 de septiembre, fraccionadas en un máximo de 6 periodos al año y 11 días laborables fuera de este periodo.

 

Cuando el periodo de vacaciones fijado coincida con una incapacidad temporal por embarazo, suspensión del contrato por maternidad o paternidad o acumulación del periodo de lactancia, se podrá disfrutar en otro momento aunque haya terminado el año natural en el que se hayan devengado.

 

Cuando sobrevenga una incapacidad temporal coincidiendo con el periodo vacacional, éste será interrumpido.

 

  1. Permisos y Licencias:

 

  1.  
    1. Permisos retribuidos:

      • Permiso por lactancia: una hora diaria que podrá acumularse para su disfrute después de la suspensión por parto, siendo el máximo de dos semanas. Se va a negociar un Acuerdo para la Igualdad dentro del grupo que esperemos que mejore este punto.

      • Familiares dependientes: estamos a la espera de una nueva redacción que incluya la nueva Ley de Dependencia.

      • Asistencia a exámenes para la obtención de un título académico o profesional: el tiempo indispensable hasta un máximo de 10 al año.

      • Fallecimiento de familiares :

        1. Hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 días laborables ampliables a 6 si hay desplazamiento superior a 200 Km. por trayecto.

        2. De tercer grado de consanguinidad o afinidad: 1día ampliable a 2 si hay desplazamiento.

 

  • Enfermedad familiar:

  1. Enfermedad grave u hospitalización de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.

  2. Intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo de familiares hasta 2º grado: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.

    • Nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.

    • Matrimonio o pareja de hecho: 19 días naturales en 2008 y 20 en 2009.

    • Matrimonio de un familiar hasta 2º grado: 1 día ampliable a 2 si hay desplazamiento.

    • Traslado de domicilio: 2 días laborables.

    • Examen de carné de conducir para el personal que conduzca al servicio de la empresa: CC OO pide el día.

 

 

  1.  
    1. Permisos no retribuidos:

 

El trabajador que cuente con una vinculación con la Empresa de un año tendrá derecho a un permiso máximo de dos meses en dos años, que se podrá fraccionar en dos periodos.

 

Sección sindical de Comfia-CCOO de Tragsega

28/04/2008 10:43 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

Firmado el XV Convenio Colectivo de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos

XV Convenio Colectivo de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos

Mejora aspectos de las condiciones laborales y garantiza el poder adquisitivo de los salarios, además de reducir efectivamente la jornada máxima anual

12-03-2008 -

Hoy, 11 marzo de 2008, Comfía-CCOO Y FeS-UGT hemos firmado con la patronal Tecniberia, el texto definitivo del XV convenio colectivo del sector.

Tal y como ya anunciamos en el pasado comunicado de finales de febrero, después de alcanzar un principio de acuerdo, en la mañana de hoy hemos celebrado la reunión de firma del texto del que será XV Convenio Colectivo de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, que una vez registrado en la Dirección General del Trabajo entrará en vigor a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La vigencia del convenio es de tres años: para el pasado 2007, el presente 2008, y terminará su vigencia el 31 de diciembre de 2009. Los aspectos más relevantes del convenio, tal como ya adelantamos en nuestra anterior circular, son los siguientes:

  • Subida Salarial: 4,2% en 2007, con carácter retroactivo desde 1 de enero, el 3,2% desde 1 de enero de 2008 y 2,8% en 2009. Una cláusula de revisión para estos dos últimos años con actualización de tablas al IPC real si fuera superior y generación de atrasos desde el mes en el que la inflación haya superado la subida inicial.


Tablas Salariales:


Año 2007

Año 2007

Año 2008

Año 2008

NIVEL

Mes x 14 €

ANUAL €

Mes x 14 €

ANUAL €

1

1.544,34

21.620,89

1.593,77

22.312,75

2

1.147,18

16.060,59

1.183,89

16.574,56

3

1.106,21

15.487,00

1.141,61

15.982,58

4

1.014,19

14.198,69

1.046,64

14.653,05

5

886,36

12.409,04

914,72

12.806,13

6

763,63

10.690,79

788,06

11.032,90

7

738,02

10.332,34

761,64

10.662,97

8

686,92

9.616,91

708,90

9.924,65

9

639,20

8.948,78

659,65

9.235,14

10

432,65

6.057,11

457,64

6.406,91







Plus Convenio

1.931,29

Plus Convenio

1.993,09


Dietas Día

48 €

Dietas Día

49 €


Dieta Comida

10 €

Kilometraje

0,19 €/km.

 

  • Jornada: Reducción de jornada anual en cuatro horas a partir de 1 de enero de 2008, estableciéndose en 1806. El día 24 de diciembre, será festivo a todos los efectos, y no será recuperable. Jornada flexible: Recomendación de negociación mediante acuerdo colectivo en las empresas con indicación de bandas de entrada, salida y comida; y tiempo de permanencia mínimo. Esto impide en la práctica que la imponga la empresa.

Incorporación de la intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes con dos días de permiso retribuido.

  • Clasificación Profesional: Promoción de los Auxiliares Técnicos a nivel 8 (antes nivel 10). Encuadrar a los Oficiales Técnicos de 1ª en el nivel 5 y a los de 2ª en el nivel 6. (Antes no estaban). Reactivación de la Comisión y seguimos discutiendo la clasificación profesional.

  • Conciliación de la vida familiar y laboral e igualdad de oportunidades: Las empresas realizarán esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular, la igualdad de género, adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. Lactancia: La madre tendrá la opción de elegir la hora de reducción diaria o la acumulación en dos semanas después del permiso de maternidad.

  • Recomendación expresa a las empresas de la aplicación íntegra del “Acuerdo Marco Europeo sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo”,


Desde Comfía-CCOO valoramos positivamente la firma de este acuerdo, que tras una larga y enquistada negociación, mejora aspectos de las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del sector y garantiza el poder adquisitivo de los salarios, además de reducir efectivamente la jornada máxima anual que estaba establecida en el sector. Así mismo, para Comfía-CCOO, la firma de este XIV convenio colectivo no significa un punto de llegada sino el punto de partida para seguir avanzando en la mejora de las condiciones laborales en el sector, para lo que empezaremos a trabajar desde hoy mismo, día de la firma del convenio.

 

Secretaría Federal de Empleo COMFÍA - CC.OO.
12/03/2008 10:38 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo

XV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE INGENIERÍA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TÉCNICOS

NUEVA PROPUESTA SALARIAL DE LA PATRONAL

El miércoles pasado, 16 de enero, celebramos, como estaba previsto, una nueva reunión de la mesa de negociación del convenio colectivo sectorial. En la misma, Comfía-CCOO y FeS-UGT trasladamos a la patronal los contenidos mínimos que tenía que incluir un posible acuerdo de convenio para que tuviera una vigencia de tres años, ante una nueva propuesta al alza de subida salarial que la patronal Tecniberia ha hecho para el cierre del convenio.

La nueva propuesta de subida salarial que ha efectuado la patronal es cerrar con un incremento del 4,2% el año 2007, con abono de atrasos desde el 1 de enero y actualización de tablas; una subida del 3,2% para 2008, con una cláusula de actualización de tablas salariales si el IPC fuera mayor a 31 de diciembre; y una subida del 2,8% para el año 2009 con revisión de tablas si el IPC fuera mayor y atrasos desde el mes que el IPC acumulado alcanzara este incremento.

FeS-UGT y Comfía-CCOO valoramos positivamente este avance en la propuesta salarial presentada por Tecniberia, que se acerca a las propuestas que hemos barajado en las últimas reuniones y que nos diferencia, principalmente, en la fórmula de la cláusula de revisión salarial. En este sentido hemos propuesto unas subidas salariales para 2008 del 3,2% y del 3% para 2009, con cláusula de revisión y atrasos desde 1 de julio. Estaríamos de acuerdo en el 2007.

Además, hemos vuelto a reiterar a Tecniberia la necesidad de que se incluyan en la discusión para un posible acuerdo contenidos de reducción y adecuación de jornada, promoción en las nuevas categorías de la clasificación profesional y medias de conciliación de la vida laboral y familiar e igualdad de oportunidades, ya que un convenio con una duración de tres años no vamos a saldarlo con solo una subida salarial como núcleo del acuerdo.

En este sentido, no entendemos porqué la patronal rechaza cualquier reducción de jornada, por mínima que sea, y ha sido estéril que tanto FeS-UGT como Comfía-CCOO hayamos propuesto diferentes alternativas como reducir la jornada máxima anual 5 horas en 2008 y otras 5 horas en 2009, alcanzando en ese año las 1.800 horas. Considerar el día 24 de diciembre como no laborable y no recuperable (lo que supondría no tener que recuperar 4 horas en el transcurso de cada año) y hacer posible que los viernes pudieran ser de jornada intensiva, o reducir la jornada anual en 8 horas por cada sábado que sea festivo y no se traslade a otro día laborable. Ya hemos argumentado como estas medidas tienen un coste prácticamente inapreciable en un sector tecnológicamente puntero como el nuestro, y que actualmente tenemos una jornada anual de 1.810 horas que roza la jornada máxima legal en España establecida en 1.826 horas.

Respecto a implantar un nuevo sistema de clasificación profesional, parece que no está maduro el debate, por lo que creemos que la creación de una nueva comisión quizá fuera lo más operativo para su análisis, una vez cerrado el Convenio. Así mismo, hemos trasladado a la patronal la necesidad de incluir los temas de conciliación e igualdad concretados en: Que la trabajadora tenga la opción de sustituir la hora de lactancia por acumulación de días de permiso de maternidad, que se incluya en el convenio la suspensión de contrato por permiso de paternidad y una referencia explícita a la igualdad de oportunidades y los planes de igualdad. En definitiva, propuestas perfectamente asumibles por las empresas y que facilitarían la firma del convenio después de casi un año de negociación.  El día 13 de febrero celebraremos la próxima reunión.

Madrid, enero de 2008

SEGUIREMOS INFORMANDO 

(FeS-UGT y Comfía-CCOO)

21/02/2008 17:14 Autor: comitetragsatec. Enlace permanente. Tema: Convenio Colectivo


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